Jean Marchand. Maternity (1921) |
El problema de si debemos regular
legalmente (o prohibir) los embarazos subrogados (los “vientres de
alquiler”) es, al fin, un asunto de principios. Diríamos que el
principio favorito de los defensores de la regulación es el de
la “libertad”, mientras que el preferido de los
prohibicionistas es el de la “dignidad” de la
persona gestante.
¿Libertad o dignidad? El asunto no es,
ni muchísimo menos, tan simple. Ya el propio concepto de libertad es
problemático. Para unos consiste en “hacer lo que te propongas sin
otro impedimento que los propios límites y el derecho de los demás”.
Pero para otros consiste en otra cosa, por ejemplo en “actuar según
principios aceptados racionalmente por uno mismo”.
La primera de las acepciones es común
a las posiciones políticas liberales. Se funda en la voluntad (en la
pura elección subjetiva) antes que en la razón y en una noción
básica del principio de propiedad (que algo sea mío – mi
cuerpo, mi vida... – significa que hago lo que quiero con ello).
Muchos justifican la maternidad subrogada (y otros asuntos no menos
polémicos como la prostitución, la venta de órganos o el aborto
libre) atendiendo a esta concepción de la libertad...
Sobre todo esto trata nuestra nueva colaboración en El Periódico Extremadura. Para leer el artículo completo pulsar aquí.
El asunto puede dividirse en dos cuestiones. Primero si es judiciable o condenable cuando el acto se ha hecho en la clandestinidad o en trato entre privados y otro es si el estado, por medio de la justicia, habilita a la transacción entre personas con el vientre como bien de cambio.
ResponderEliminarPara el primer caso rara vez es moralizable, juzgable o condenable la necesidad, como bien dice usted al final del artículo ¿quien puede juzgar la necesidad de otro desde una mesa repleta y con el estómago lleno?
Para el segundo caso admitir la legalidad de la transacción implica que sea objeto de la transacción una parte del cuerpo humano, lo que parece inadmisible, porque implica una forma de esclavitud. ¿cuanto tardarían los inquilinos de vientres en ganar juicios millonarios a los propietarios por, por ejemplo, un embarazo que no llega a término?. Si eso sucede, la esclavitud será un hecho. Por otro lado, de allí a ponerle precio a la vida de los propietarios no hay distancia. ¿Como se cotizaría a los vientres sino segun sus propietarias?.
Desde ya invito a mi blog:"https://lamemoriadelosbrujos.blogspot.com.ar"